martes, 1 de diciembre de 2009

RODRÍGUEZ Don Joseph Manuel (Siglos XVIII-XIX)

RODRÍGUEZ Don Joseph Manuel (Siglos XVIII-XIX)

Médico del Hospital de Tíjola, al que en 1797 se le llama la atención por la Junta del Hospital, por no visitar con la debida frecuencia a los enfermos (véanse Fol.35v. Y 47.v. del LHT). En Junio de 1788 se le leen las constituciones para el régimen de Gobierno del Hospital.

Emite su parecer sobre la nutrición de los enfermos:


“Sala de juntas y marzo y 3 de 1797.

En esta junta se acordó por los señores que la componen que a tos enfermos que por inapetencia se acomode la carne en el Puchero, se inbierta su importe con parezer del facultativo en manjar que le alimente y no le penjudique y lo firmaron dhos Sres. lo qe.zertifico=

'En la villa de Tixola a doze días del mes de Junio de mil setecientos setenta y ocho, estando Juntos los Sres para disponer lo combeniente a esta obra pía pareció el Sr. Franco Sánchez Alcalde actual de esta villa y dixo: que habiendo acontecido la desgracia de haver derribado unos muchachos a Franca. Sardoy mujer de Sebastián Domínguez y lastimándola una pierna sobre lo qual se
                Folio del Libro de Juntas del  Hospital de Tíjola
siguen curas[... ], y hallando que dicha enferma esta desasistida en todo socorro humano[....]que la cure, por lo que dicho Sr Alcalde con [....) a el Sr. Governador deste les suplico a dichos Sres qe. por charidad se admita en este hospital a la referida enferma se le suministren los alimentos nezesarios así como asistencia de Médico y Zirujano, costeando por ahora quanto fuese conducente hasta lograr el alimento de la referida de los caudales de esta obra pía,[....) por dicho Sr. Alcalde responderá y sastifara de las que correspondientes. que por definitiba resumen en dicha criminalidad a lo qual visto por dhos señores mandaron se admita la expulsada Franca en esta obra pía [...] habiendo largo tiempo de curación y excesibos costes// en haberla conducido a los años de Ardales no ha experimentado alibio, mandaron [...] dichos señores //que venido que sea dicho Dn. Joseph Rodríguez reconozca dicha// enferma y diga si la enfermedad qe .padece es lncurable (sino) para disponer lo combte asi mismo dhos Sres mandaron se haga saber al Mayordomo Thesorero haga fabricar un escaño para los asientos precisos en la sal de la unta... (Etc)


En dha villa do mes y año habiendo reconocido Don Joseph Rodríguez a la expresada Antonia y rechazado ser accidente habitual e incurable, en su vista Dhos Sres mandaron que dichas salga del hospital [...]conduzca a la villa de Olula del Rio su patria, así lo determinaron, y firmaron dichos Sres.'


También se hizo presente que dicha Real Junta se le remitiesen originales las de la superintendencia en virtud de las quales se subministraron con qualidad el reintegro quatro mil reales Hospital de Tahal: Dos mil al Dr. Fco.Luis Prieto cura de este Parroquial y quinientos y cincuenta al Médico Dn. José Manuel Rodríguez y teniendo en consideración[... ] Archivadas en el este Hospital del que no deben extraherse: Acordaron a Srias. se Ibre al Tesorero D Antonio Villarreal [...]


Sala de Juntas y Marzo de 1803.


Los señores que la componen en vista de que por el mayordomo tesorero de este Real Hospital se manifiesta que no haviendo podido proporcionar el material de vacuna en Granada y otros pueblos a donde el interdicho ha escrito en repetición, y haversela encargado bien conservado en cristales por el Sr Conde de Torre Marin lo hacia presente a esta Junta por quien para su inteligencia se acordó, se despache por el mismo Thesorero a Don Juan García Paredes Zirujano aprobado y vecino de la villa de Serón a efecto de que constituiendose en este de Tixola a la maior brevedad, execute la operación decretada con José Antonio Caries Expósito que cría en la actualidad Antonia Fiñana, mujer de Ramón Díaz de esta villa, poniéndose a continuazion nota de haverse así executado y lo firmaron...


Nota consiguiente a lo decretado en la anterior Junta el Secretario certifico: haverse despachado aviso por el Mayordomo Thesorero de este Real Hospital a Don Juan García Paredes Zirujano y Vecino de la Villa de Serón para tos fines que en la misma se mencionan*



“En la villa de Tixola a [....][ de mil setecientos ochenta y ocho años. Estando juntos en la sala destinada para semejates actos tos Sres. Dn. Tomás Ruiz, Rector, Don Henrique Ximenez, Capellán. Don Andrés de Salazar, Don Martín Sanz. Pedrosa Indibiduos que componen la Junta de Govno. de este Real Hospital con asistencia así mismo de su Mayordomo Tesorero y de Dn. Jph. Manuel Rodríguez y Don Diego Carmona Médico y Zirujano de el se leyeron por mi el Secretario las constituciones emitidas para el Régimen y govno de esta Hospitalidad por el Sor. Don. Benito Ramón de Hermida Super Intendente que fue de las Fabricas de este obispado para que en su Inteligencia, se prestare por todos y cada la Observancia que le sea respectiva: En seguida de qual se propusieron por dicho Sor. Rector los partículares que con lo resuelto de un acuerdo y conformidad a cada uno de ellos por menor son a saber:


Primeramente se propuso por dicho Sor. Rector haber llegado noticia qe. por los Achaques de Dn Alexandro Xmnez Maestro de Boticario de esta Villa y con quien se halla igualado el Real Hospital de ella no se surte este con el completo de medicinas qe. debía dicho facultativo, disminuiendo las dosis de las recetas negándose muchas veces al despacho.....'


El 27 de Agosto de 1804.Comparece ante la junta porque faltan medicinas (fol.47v.del L.H.T.).


En 1809, se dice que está viejo y que por ese motivo no asiste con la debida frecuencia al Hospital por lo que se acuerda rebajar su salario en 10 ducados, en favor del cirujano José Antonio Agúero(véase éste).


Se le apercibe de cese por no asistir con la debida frecuencia ates enfermos del Hospital


“Hallándose juntos los señores que componen la de este Hospital y en vista de no asistir el Medico Dn. Josef Manuel Rodríguez con la frecuencia debida a los enfermos de este Real Hospital. Acordaron Sus Srias se e haga entender que de no visitarlo dos veces cada día se disponga lo combeniente en relación a su ajuste con otro fácultativo; Haviendosele comparecido acto continuo, se le Informó lo resuelto en el Acuerdo, a cuia observanzia se obligó y lo firmaron dichos Sres. lo que zertifico.

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